Por favor lea la ayuda solo lo hará una vez:
Debido a la complejidad de este cálculo pusimos algo de ayuda que será útil para su buen manejo en esta hoja.
1.- Fecha de adquisición la fecha en que fue comprado según factura el bien que vamos a depreciar.
2.- El monto original de inversión con enteros sin comas y los centavos separados por el punto.
3.- Recordemos que para actualizar tenemos que obtener el factor de actualización dividiendo el INPC del mes de la primera mitad del ejercicio entre el INPC del mes de adquisición para ello necesitamos la fecha de adquisición y último mes de la primera mitad del ejercicio o periodo en que se use el activo.
4.- Meses a depreciar hay que saber si el activo aún es depreciable todo el año serían 12 meses, si lo compramos dentro del mismo año, entonces tendremos que determinar cuantos meses estuvo en uso en el ejercicio, recordemos que se empieza a depreciar un mes después, ahora si ya esta por terminar su periodo de uso, por ejemplo un automóvil es 25% por años esto significa que lo depreciaremos solo 48 meses, o 4 años, si lo compramos en junio de 2004 en el año 2009 solo nos resta por depreciar 6 meses, si aún tiene dudas puede dar click en cálcular poniendo las otras cantidades hasta el porcentaje, y en el cálculo le dirá cuantos meses lleva depreciado solo tendra que dar retroceso le vuelve a esta hoja y ya pone el número de meses.
5.- A continuación solo algunos ejemplos de porcentajes, no olvide checar los artículos 39, 40 y 41 que contienen los datos completos de los porcentajes a aplicar.
1 Art. 39 Fr. I Cargos diferidos 5%
2 Art. 39 Fr. II Erogaciones en periodos preoperativos 10%
3 Art. 39 Fr. III Regalías 15%
4 Art. 40 Fr. I inc. b) Construcciones 5%
5 Art. 40 Fr. III Mobiliario y equipo de oficina 10%
6 Art. 40 Fr. VI Automóviles, autobuses. camiones de carga, tractocamiones y remolques. 25%
7 Art. 40 Fr. VII Computadoras y accesorios 30%
8 Art. 40 Fr. IX Semov. Vegetales, Máquinas Registradoras y equipo electrónicos de RF. 100%
9 Art. 41 Fr. II En la fabricación de productos de tabaco 6%
10 Art. 41 Fr. X En restaurantes. 20%
11 Art. 41 Fr. XI En la industria de la construcción; en actividades de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca. 25%